Laboratorio
de prótesis dental Labocat
ARTICULO 1 :
Cláusula de reserva de propiedad (ley del 12.05.1980).
La mercancía vendida, seguirá siendo de nuestra
propiedad hasta el pago total de la misma, aunque, esta ya
haya sido entregada.
ARTICULO
2 : En caso de no pagar las facturas en los
plazos convenidos, será calculada una penalidad aplicada
sobre la base del interés legal más el 50 %,
sin previo aviso.
Por otro lado, el total de las facturas inclusive las que
no estén vencidas, se harán inmediatamente exigibles
para pago, y sin previo aviso.
ARTICULO
3 : Para todos los conflictos o dificultades
en la ejecución, solamente una decisión comercial
del tribunal de París será admitida y ambas
partes le dan competencia exclusiva.
ARTICULO
4 : Más allá de un mes de retraso,
la garantía No será aplicable para prótesis
que no han sido instaladas en la boca.
ARTICULO
5 : No serán emitidos vales dentro
del contexto de la garantía sin el regreso obligatorio
de las prótesis defectuosas, y siguiendo antes un acuerdo
con nosotros.
ARTICULO
6 : No serán emitidos vales para prótesis
devueltas por el Profesional, sin importar en el motivo.
De hecho, dentro del contexto de nuestra garantía nuestro
laboratorio se compromete a rehacer o modificar las prótesis
hasta su perfecta adaptación en la boca.
Sin embargo nuestro Laboratorio, podrá expedir un vale
a los clientes que, si después de 3 intervenciones
de nuestra parte como mínimo, por rehacer o modificar
un trabajo no se adaptase a la boca y en el caso de que los
defectos reportados inicialmente, persistieren y comprometieren
nuestra responsabilidad técnica.
ARTICULO
7 : Toda modificación en el color con
respecto al pedido inicial, aun en el caso de una reparación
o de un parte a rehacer, será facturado de acuerdo
a nuestras tarifas en vigor.
ARTICULO
8 : Cuando un trabajo se regrese para ser
rehecho o modificado, se le pide al cliente que nos haga llegar
sistemáticamente su última
toma de los modelos de yeso tanto superior como inferior,
proporcionando el número de la orden del pedido que
dio origen al trabajo. Si estas condiciones no son respetadas,
estaremos obligados a facturarle nuevamente el total de los
trabajos realizados.
ARTICULO
9 : Cuando se trate de una reparación
que tenga garantía, y que ésta requiera modificarse
con respecto al trabajo inicial que dio origen a la orden
del pedido, se facturará como una nueva prótesis
realizada.
ARTICULO
10 : Todo trabajo, incluyendo los no especificados
en las fichas de pedido LABOCAST, se
someten a las mismas condiciones generales de venta.
ARTICULO
11 : Nuestro laboratorio no será responsable
de las demoras en las entregas causadas por los medios de
transporte utilizados para tal fin.
ARTICULO
12 : A menos que esté especificado
por parte del profesional, automáticamente nuestro
laboratorio realizara los trabajos que le son confiados en
el cuadro de la línea protésica verde tarifa
A.
ARTICULO
13 : En caso de envíos por reembolso,
los gastos que se generen por ese concepto, serán automáticamente
cargados al cliente.
ARTICULO
14 : Contra nuestra voluntad, de tratarse
de un pedido mal elaborado o sin la información necesaria
que debe proporcionar el profesional, causara inevitablemente
retrasos.
ARTICULO
15 : Tratándose de encargos ya trabajados
con metales preciosos o semipreciosos, el laboratorio, sobre
una base de 20 a 25 % de las perdidas, (tasa practicada para
toda la profesión) y después de haber cobrado
el trabajo inicial, podrá facturar la diferencia con
respecto al trabajo final
Dicha diferencia se dará durante el pesado, que determina
las perdidas o mermas durante el proceso de tallado y moldeado,
que se da del estado bruto al estado pulido del metali.
ARTICULO
16 : Todo trabajo enviado se entregará
de acuerdo a la fecha de la factura, en caso de trabajo a
rehacer, se aplicara la garantía al caso.
ARTICULO
17 : Cláusulas de cancelación:
Si un pedido se cancela después de 24 horas de que
se reciba la orden de las impresiones a nuestro laboratorio,
ésta no podrá dar marcha atrás, por lo
que no se tomará en cuenta la cancelación.
ARTICULO
18 : Declinamos toda responsabilidad por nuestra
parte en el caso de retraso en entregas contra nuestra voluntad
como por ejemplo cualquier demora de uno de nuestros transportadores.
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